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La plata de tu empresa no tiene por qué estar quieta

Sociedades de inversión, holdings familiares y pymes con caja: tu empresa opera la Bolsa de Santiago desde la app, con 0,15% + IVA y sin costos fijos. El impuesto personal se difiere mientras no retiras, y la ganancia acogida al artículo 107 paga un impuesto único de 10% — 0% por ventas desde enero de 2027.

  • Regulado por la CMF
  • Custodia en Vector Capital
  • Sin ir al banco ni a la notaría

10%

Impuesto único a la ganancia con el artículo 107, hoy

0%

Impuesto a la ganancia por ventas desde enero de 2027

0,15%

Comisión + IVA por operación, sin costos fijos ni mínimos

2 a 5

Días hábiles desde que envías los documentos hasta operar

La misma plata, dos caminos

Tu empresa tiene caja. Para invertirla a tu nombre, primero tienes que retirarla — y ahí pasa por tu Global Complementario, que en los tramos altos llega al 40%. Recién inviertes lo que queda.

Si la inviertes desde la empresa, no retiras nada: la caja completa se pone a trabajar y tu impuesto personal queda para el día que saques la plata. Esa diferencia, invertida y compuesta por años, es la razón por la que existen las sociedades de inversión.

1

La retiras y la inviertes a tu nombre

Retiras la caja, pagas tu Global Complementario del año — hasta 40%, con crédito por lo que ya pagó la empresa — e inviertes el neto. La ganancia después tributa según el instrumento.

2

La inviertes desde la empresa

No retiras. La ganancia tributa con la tasa del régimen de tu empresa — 12,5% en Pro-Pyme, 27% en régimen general — y tu impuesto personal se difiere hasta que retires utilidades.

3

La inviertes desde la empresa en instrumentos acogidos al 107

La ganancia queda fuera de la renta líquida imponible: paga un impuesto único de 10%, y 0% por ventas desde enero de 2027. El SII la registra como renta con tributación cumplida, así que al salir de la sociedad no vuelve a pagar impuesto a la renta.

Fuente: Circular SII N° 39 de 2022, que instruye el artículo 107 de la Ley de la Renta según la Ley 21.420. Esto es información, no asesoría tributaria — el orden en que se retiran las utilidades y el efecto en tu caso lo define tu contador.

¿Cuánto cambia según desde dónde inviertas?

Mueve los números y compara los tres caminos con la misma plata, el mismo retorno y el mismo plazo.

$200.000.000
5 años
5,0%
40%

La retiras y la inviertes a tu nombre

en tu bolsillo al final del plazo

Impuesto al retirar hoy
Impuesto a la ganancia
Impuesto al final
$0

La inviertes desde la empresa

en tu bolsillo al final del plazo

Impuesto al retirar hoy
$0
Impuesto a la ganancia
Impuesto al retirar al final

La inviertes desde la empresa, con el 107

en tu bolsillo al final del plazo

Impuesto al retirar hoy
$0
Impuesto único de 10%
Impuesto al retirar el capital

 

Los supuestos del cálculo
  • Suponemos que retiras todo al final del plazo y que tu tramo de Global Complementario no cambia.
  • Suponemos que la caja son utilidades de la empresa, no capital aportado.
  • El impuesto único de 10% se calcula al vender, sobre la ganancia acumulada. Por ventas desde el 1 de enero de 2027 pasa a 0%, sujeto a la publicación de la ley respectiva.
  • Pro-Pyme del artículo 14 D N° 3 con crédito total; régimen general del 14 A con crédito de 65%. La tasa Pro-Pyme de 12,5% está vigente de forma transitoria.
  • No incluye la comisión de 0,15% + IVA, ni el costo de contabilidad de la sociedad, ni la corrección monetaria.
  • Es una estimación para ordenar la conversación, no un cálculo tributario. El número que importa lo hace tu contador.

Por qué se usa una sociedad

El argumento tributario es el que se puede calcular, pero casi nunca viene solo. Estas son las tres razones que más nos nombran los que ya invierten así.

1

Eficiencia tributaria

La ganancia acogida al artículo 107 paga un impuesto único de 10% —0% por ventas desde enero de 2027— y queda fuera de la renta líquida imponible. Los dividendos que la sociedad recibe de empresas chilenas no vuelven a pagar Primera Categoría: llegan con su crédito y el impuesto final se difiere hasta que retires.

Mientras no retiras, lo que no pagaste sigue invertido. Es la única de las tres que puedes calcular, y para eso está la calculadora de más arriba.

2

Protección patrimonial

La sociedad es una persona jurídica distinta de ti: su patrimonio y el tuyo son cosas separadas. Por eso mucha gente que tiene un negocio operativo mantiene las inversiones en una sociedad aparte, para que el riesgo de una no arrastre a la otra.

Hasta dónde llega esa separación depende de cómo esté estructurada la sociedad. Es conversación de abogado, no de corredora.

3

Planificación patrimonial

Una sociedad ordena quién es dueño de qué y simplifica el traspaso: se transfieren participaciones de la sociedad en vez de repartir activos uno por uno. Es la razón por la que se arman holdings familiares, y por la que un familiar puede aportar bienes a la estructura más adelante.

Los efectos en materia de herencia dependen de cómo se haga y de la norma general antielusión. Acá también manda tu asesor.

¿Cuál es tu caso?

El argumento cambia según por qué tienes la plata donde la tienes.

Sociedad de inversiones

Tu giro es administrar un patrimonio. Acá el 107 es el centro de todo: la ganancia paga 10% único —0% desde 2027—, queda fuera de la renta líquida imponible y sale de la sociedad como renta con tributación cumplida. Una sociedad de inversiones pura no accede a Pro-Pyme, así que su tasa es 27% para todo lo que no sea 107.

Abrir cuenta empresa o cuéntanos tu caso por WhatsApp

En qué puede invertir tu empresa

Tu empresa opera la Bolsa de Santiago completa: acciones, ETFs y fondos. Acá abajo, algunos de los instrumentos acogidos al artículo 107 — toca cualquiera para ver su ficha. Es una lista referencial y la revisamos de forma periódica — no es una recomendación de inversión.

El catálogo completo de instrumentos acogidos al 107, con todas las categorías, está en acciones chilenas.

Cuatro ETFs que van sin comisión

Estos cuatro ETFs de Singular los compras y vendes sin costo de transacción dentro de Zesty. Están denominados en UF, así que se usan mucho para caja con horizonte definido.

ETFs administrados por Singular Asset Management, regulados por la CMF. Sin comisión de Zesty; el fondo cobra su propia tasa de administración. La cuenta empresa opera solo el mercado chileno — el mercado de Estados Unidos y las criptomonedas están disponibles en la cuenta persona.

Lo que tu contador va a preguntar

Preferimos que lo leas acá antes de que te lo pregunten.

El límite del 35% de rentas pasivas

Para seguir en Pro-Pyme, las rentas de inversión de tu empresa no pueden pasar el 35% de sus ingresos brutos del año. Si los pasa, queda fuera del régimen y tributa con el 27% general. En simple: invierte la caja, no conviertas tu pyme en un fondo.

Una sociedad cuesta plata todos los años

Contabilidad completa, declaraciones juradas, la constitución si todavía no existe. Para patrimonios chicos ese costo se come la ventaja tributaria. Si la sociedad no existe todavía, la pregunta es si el ahorro la paga.

El impuesto se difiere, no desaparece

Salvo la parte acogida al 107, lo que retires de la sociedad va a pagar tu Global Complementario algún día. Si piensas retirar todo cada año, la estructura no te aporta nada.

El 107 tiene requisitos y letra chica

El instrumento necesita presencia bursátil al momento de la venta y la operación tiene que hacerse por un canal autorizado. Las pérdidas del 107 solo se descuentan contra ganancias del 107, y las ventas generan pagos provisionales mensuales sobre esos ingresos.

Si tu contador quiere las fuentes: Circular SII N° 39 de 2022 para el artículo 107, y el Oficio SII N° 485 de 2026 para el límite del 35%. Escríbenos y se las mandamos.

¿Tu sociedad ya tiene portafolio en otra corredora?

No hace falta vender nada para moverlo. En un traspaso lo único que cambia es quién custodia los instrumentos: la sociedad sigue siendo dueña de los mismos papeles todo el tiempo, y como no hay venta, no hay ganancia realizada.

Las posiciones llegan con el costo promedio que traían de la corredora anterior, no con el precio del día del traspaso.

Si durante el año hubo movimientos en las dos corredoras, se declaran los dos. Pídele a la corredora anterior sus documentos tributarios antes de cerrar la cuenta.

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¿Cómo empiezo?

Cuatro pasos. El único que toma tiempo es el de los documentos.

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La app te va a pedir que nos contactes. Te mandamos un formulario para completar los datos de tu empresa y la lista exacta de documentos según tu tipo de sociedad.

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Firmas y queda operativa

Revisamos los antecedentes, preparamos los documentos de apertura y te los mandamos para firma. Firmados, tu cuenta queda lista para operar. Solo para empresas constituidas en Chile.

2 a 5días hábiles
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Tenemos dos opciones para que operes sin usar tu teléfono.

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¿Qué documentos necesito?

Elige el tipo de sociedad de tu empresa y te mostramos los antecedentes legales que pedimos.

Empresas en un día

  • Certificado de vigencia de la sociedad (vigencia no superior a 30 días)
  • Certificado de estatuto actualizado (vigencia no superior a 30 días)
  • Certificado de anotaciones (vigencia no superior a 30 días)
  • Copia de RUT de la sociedad
  • Carta del Gerente General certificando la actual composición del Directorio
  • Carta de certificado de capital firmada por el Gerente General, indicando porcentaje de participación de accionistas
  • Copia de las cédulas de identidad de los representantes legales

Estos certificados los bajas del portal del Registro de Empresas y Sociedades con tu Clave Única. Tienen que tener menos de 30 días.

¿Dónde los consigo?

Depende de cómo se constituyó tu empresa.

LA VÍA RÁPIDA

Empresa constituida en un día

Si tu empresa se creó en el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, todos los certificados los bajas del mismo portal con tu Clave Única.

Clave ÚnicaGratisInmediato
Ir al portal RES ↗

Bájalos dentro de los últimos 30 días. Los certificados con fecha vieja no los podemos aceptar.

Sociedad constituida por notaría: cada documento sale de una fuente distinta. Acá va dónde buscar cada uno.

Escritura pública de constitución

En la notaría donde se firmó. Si es muy antigua, en el Archivo Judicial.

Inscripción en el Registro de Comercio

En el Conservador de Bienes Raíces de la comuna donde se inscribió. conservador.cl ↗

Publicación en el Diario Oficial

Desde el sitio del Diario Oficial, buscando por RUT. diariooficial.interior.gob.cl ↗

RUT de la sociedad

Desde el SII con la Clave Tributaria del representante legal. sii.cl ↗

Cédula del representante legal

Foto o escaneo por ambos lados, vigente.

Preguntas frecuentes

¿Por qué invertir desde la empresa y no a mi nombre?

Porque la plata ya está adentro. Para invertirla a tu nombre primero tienes que retirarla, y ese retiro pasa por tu Global Complementario. Invirtiendo desde la empresa no retiras nada: la caja completa trabaja y tu impuesto personal se difiere hasta que saques utilidades. Si tu tramo de Global Complementario es bajo y el monto es acotado, puede que no valga la pena — eso lo defines con tu contador.

¿Aplica el artículo 107 si el que vende es mi empresa?

Sí. El impuesto único de 10% del artículo 107 no distingue entre personas y sociedades: la Circular SII N° 39 de 2022 instruye que el mayor valor queda fuera de la renta líquida imponible y se anota como renta con tributación cumplida en el registro REX, desde donde puede retirarse o distribuirse. Los requisitos son los mismos: presencia bursátil al momento de la venta y operación por un canal autorizado.

¿Cuánto paga en impuestos mi empresa por invertir su caja?

Depende del instrumento. Lo acogido al artículo 107 paga el impuesto único de 10% —0% por ventas desde enero de 2027— y no entra a la renta líquida imponible. El resto, como dividendos e intereses, tributa con la tasa del régimen de tu empresa: 12,5% en Pro-Pyme, 27% en régimen general. En los dos casos tu impuesto personal se gatilla cuando retiras.

¿Puede mi empresa perder el régimen Pro-Pyme por invertir?

Puede, si se pasa. Las rentas pasivas —intereses, dividendos, ganancias de inversión— no pueden superar el 35% de los ingresos brutos del año. Si los superan, la empresa queda excluida de Pro-Pyme y pasa al régimen general. Si tu empresa factura poco y su plata viene casi toda de inversiones, la conversación es otra: ahí se habla de una sociedad de inversiones.

¿Qué tipo de empresa puede abrir cuenta?

Cualquier sociedad constituida en Chile con RUT vigente: SpA, Ltda., S.A., EIRL, Colectiva Civil, y también Fondos de Inversión Privados y organismos públicos. Necesitamos los antecedentes legales de la sociedad y la cédula de los representantes legales.

¿Cuánto demora abrir la cuenta?

Entre 2 y 5 días hábiles desde que nos llegan los documentos firmados. El formulario inicial son unos 5 minutos por WhatsApp; el tiempo se lo llevan los antecedentes legales, sobre todo si hay que pedirlos en el Conservador.

¿En qué puede invertir la cuenta empresa?

En la Bolsa de Santiago: acciones, ETFs y fondos. La cuenta empresa opera solo el mercado chileno — el mercado de Estados Unidos y las criptomonedas están disponibles en la cuenta persona.

¿Cuánto cobran?

0,15% + IVA por operación, compra o venta. Sin costos fijos, sin costos de mantención y sin montos mínimos. Los cuatro ETFs de Singular en UF van sin comisión de transacción.

¿Puede la empresa retirar cuando quiera?

Sí. No hay plazos mínimos ni penalización. Vendes y retiras a la cuenta corriente de la empresa. La cuenta de retiro tiene que estar a nombre de la sociedad.

¿Quién custodia las inversiones de mi empresa?

Vector Capital Corredores de Bolsa, regulada por la CMF. Zesty está inscrito en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros de la CMF y opera como enrutador de órdenes según la Ley Fintech.

Ver el centro de ayuda ↗

La caja que duerme no rinde

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